SATSE gana una sentencia que obliga a la Agencia Alto Guadalquivir a reconocer la Carrera Profesional a un enfermero eventual

SATSE vuelve a solicitar que este complemento retributivo se haga extensivo a todos los profesionales sanitarios, ya sean fijos, interinos o eventuales en igualdad de condiciones y sin limitación alguna, sin que se pueda condicionar este derecho al acceso a la Carrera Profesional a la obtención de una plaza en propiedad

El Sindicato de Enfermería, SATSE, en Jaén ha ganado en el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía una sentencia en la que se reconoce el derecho a una enfermera con contrato temporal de la Agencia Pública Empresarial Sanitaria Alto Guadalquivir a acceder a la carrera profesional y percibir el complemento de carrera profesional en los mismo términos y condiciones que lo hace el personal laboral fijo.

Concretamente, la sentencia de instancia, nuevamente refrendada por el TSJA, reconoce el derecho de una enfermera eventual a participar y ser evaluada en la convocatoria para el acceso/promoción Nivel 2 de Carrera Profesional de 2019, con los efectos que correspondan en los mismos términos que el resto de los que hayan sido admitidos y hubiesen obtenido una evaluación positiva, entendiendo que el motivo de su exclusión de la lista de admitidos lo es por el hecho de no tener la condición de personal laboral fijo, es decir, que la relación laboral que une a ambas partes no es indefinida, entendiendo que este motivo de exclusión no es válido por resultar discriminatorio.

En Sindicato de Enfermería rechaza cualquier tipo de abuso empresarial contra los enfermeros y enfermeras, ya que, bajo ningún concepto, pueden justificarse este tipo de actuaciones amparadas en interpretaciones sesgadas de la legislación vigente tendentes a vulnerar uno de los derechos irrenunciables de los trabajadores como es el salario, derechos consolidados, igualdad y no discriminación.

Regular la Carrera.

Para el Sindicato de Enfermería, esta última sentencia refuerza su petición de incluir y extender la percepción de este complemento retributivo a todos los profesionales sanitarios, ya sean fijos, interinos o eventuales en igualdad de condiciones y sin limitación alguna, sin que se pueda condicionar este derecho al acceso a la Carrera Profesional a la obtención de una plaza en propiedad.

A su vez, apela a alcanzar una solución negociada que no obligue a los profesionales a seguir acudiendo a los tribunales, con la demora y los gastos e intereses en costas que conlleva, para obtener un derecho que les corresponde tal y como ha reconocido la normativa europea y los diferentes tribunales de justicia.

Y es que SATSE, una vez más, a través de los tribunales consigue que las decisiones injustas de los gestores de los Servicio de Salud de Andalucía y de los políticos de la Junta de Andalucía, en contra los derechos de los profesionales, sean corregidos y reconocidos por la justicia.

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