La Carolina se prepara ya para las candelarias en San Blas

Desde al Ayuntamiento de La Carolina ya se han dado a conocer las normas a seguir de cara a las candelarias que se celebrarán el próximo mes de febrero

 

Con motivo de la festividad de San Blas, y siendo costumbre en laLocalidad que los ciudadanos festejen la misma mediante hogueras o lo que se denomina también candelarias, los días 3, 4 y 5 de Febrero de 2023, se hace
preciso informar a los carolinenses que estén interesados en proceder a la quema de hogueras en la vía o lugares públicos de nuestra Localidad, que deben presentar solicitud en el Registro General del Ayuntamiento antes del día 31 de Enero de 2023 del presente, aportándose los datos personales, DNI, ser mayor de edad, ubicación de la hoguera y manifestación expresa de conocimiento de las condiciones que se deben cumplir para la realización de hogueras conforme se expone seguidamente, todo ello además para facilitar a la Policía Local, Bomberos y Protección civil el control de los puntos de celebración.
La realización de las hogueras o candelarias se regirá por las siguientes normas:
1. Los elementos de combustión no podrán ser compuestos por materiales inflamables ni explosivos, ni por elementos de composición plástica ni ningún otro tipo de residuos, cuya combustión pueda conllevar la emisión
de gases altamente tóxicos y contaminantes o molestos. Queda así totalmente prohibida la quema de plásticos, neumáticos u otros productos tóxicos y contaminantes. Además, no se podrán hacer las hogueras próximas a depósitos de gas, combustibles y similares.
2. Se prohíben las hogueras en el asfalto, salvo que utilice una plancha metálica separada del suelo por una capa de arena, todo ello se retirará convenientemente tras la celebración de la hoguera.
3. En la calzada solo podrán ubicarse donde no obstaculicen la circulación.
4. La distancia mínima entre hoguera será de 15 metros, siendo las dimensiones máximas permitidas de la hoguera de 1,50 metros de diámetro.
Se guardará especial precaución para que la hoguera no afecte a cables eléctricos, vehículos a motor, muros y edificaciones, guardando una distancia suficiente y adecuada con dichos elementos.
5. Tras la finalización de la celebración se deberá proceder a apagar totalmente la hoguera y se recogerán adecuadamente los residuos que se hubieren generado, dejando limpia de restos la zona.
6. No se permitirá la realización de hogueras en parques y/o zonas ajardinadas o arboladas.
7. Para el caso de la realización de hogueras en terrenos particulares, se recomienda que se cumplan las condiciones antes referidas para evitar situaciones de peligro y que, en este caso, se avise a los Servicios de
Emergencia.
8. Se deberá mantener una distancia de seguridad a los edificios colindantes de, al menos, 5 metros.
9. En ningún caso la hoguera se realizará sobre zona pavimentada.
10. Queda prohibido el encendido de la hoguera bajo arbolado o sobre materia seca o cualquier producto inflamable.
11. Deberán tomarse las medidas precautorias tendentes a evitar la propagación del fuego.
12. Durante la celebración del acto, se deberá contar con un extintor de polvo químico polivalente de, al menos, 3 kg., a fin de hacer frente a cualquier tipo de eventualidad.
13. Una vez finalizados los actos deberán de apagarse la totalidad de los fuegos con agua y arena, cuidando sobre todo que no quede ningún tipo de rescoldo, dejando la zona en las debidas condiciones de limpieza y ornato
público.

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