El exmagistrado de Torres, Baltasar Garzón fue condenado sin garantías

El comité de Derechos Humanos de la ONU obliga a España a que borre sus antecedentes penales, casi diez años más tarde de que Garzón fuera apartado de la justicia.

Redacción // 26 de agosto de 2021

Cuando a punto están de cumplirse 10 años desde que Baltasar Garzón fuera apartado de la carrera judicial, el Comité de Derechos Humanos de la ONU consideran que existen dudas “objetivamente justificadas” de que el ex magistrado tuviera acceso a un tribunal independiente e imparcial” en los procesos seguidos contra él por prevaricación en el Supremo, por los casos Franquismo y Gürtel. 

El comité  considera que el Supremo vulneró el artículo 14.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, tratado internacional ratificado por España en 1977, y no respetó el derecho de Garzón a un proceso “con las debidas garantías por un tribunal competente, independiente e imparcial”.

De esta forma y tal y como se dicta en la resolución emitida, España estaría obligada a borrar los antecedentes penales del que fuera magistrado de la Audiencia Nacional, así como compensarle de una manera adecuada por el daño sufrido por este proceso que le alejó de la judicatura.

Así resuelve el comité de Derechos Humanos de la ONU,  seis años después de que el propio Garzón iniciara el expediente en la que afirmaba haber sido víctima de «una persecución y de represalias» como respuesta a las investigaciones que dirigía sobre el caso Gürtel y los crímenes del franquismo. 

Argumenta el escrito que la decisión de pinchar los teléfonos de los abogados de los principales acusados de Gürtel se adoptó a petición de la policía, contó con el respaldo de la Fiscalía, que como el magistrado también vio indicios de actividad delictiva en los letrados, y fue prorrogada por el juez que sustituyó a Garzón en la investigación. Y establece que la interpretación de Garzón «aún en el supuesto de haber sido errónea, según señaló el Estado [Español en sus alegaciones], no constituyó una conducta o incompetencia grave que pudiera justificar su condena penal, resultando en la pérdida definitiva de su cargo, sino más bien una posible interpretación de las disposiciones legales aplicables». 

El escrito recuerda que la posición de la Fiscalía fue que no cabía condenar a Garzón por prevaricación por pinchar los teléfonos de las defensas porque así lo permitía la Ley General Penitenciaria. El Supremo consideró por contra que la intervención generalizada de las comunicaciones a las defensas de los imputados en Gürtel fue una decisión injusta dictada a sabiendas, suficiente para condenarlo por prevaricación y sacarlo de la carrera.

El organismo de la ONU también se coloca del lado de Garzón sobre la falta de imparcialidad de algunos de los jueces que lo condenaron.

 

 

 

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