Abierto el plazo para solicitar las subvenciones para fiestas de barrio

Desde hoy y hasta 15 días hábiles se podrá presentar la solicitud en el Registro General de documentos del Ayuntamiento. Apto para asociaciones y cofradías patronales, que organicen la verbena o fiesta del Patrón o Patrona Mayor y que no cuenten con otras subvenciones.

Redacción || 14 de mayo de 2024

La Concejalía de Urbanismo, Desarrollo Industrial y Espacios Productivos, Ocio y Deportes ha informado hoy que se ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincial de Jaén la Convocatoria de subvenciones en materia de Fiestas de Barrio del año 2024. Una convocatoria que cuenta con un plazo de presentación de 15 días hábiles desde hoy.

Estas ayudas van dirigidas a los representantes de las asociaciones y cofradías patronales, que organicen la verbena o fiesta del Patrón o Patrona Mayor dentro de Alcaudete, que no tengan concedidas subvenciones para el mismo fin y cumplan con los requisitos y obligaciones especificados en la base tercera de la convocatoria.

Las solicitudes se formularán en los modelos que figuran como anexos de esta convocatoria y que estarán disponibles en la página web del Ayuntamiento. Se dirigirán a la alcaldesa-presidenta del Ayuntamiento y se presentarán en el Registro General de documentos del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Documentación

Deberán acompañarse a la solicitud los documentos siguientes:

  • Modelo de declaración responsable (Anexo II), junto a los certificados de hallarse al corriente de la obligación fiscal con la Junta de Andalucía, la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
  • Documentos que acrediten la personalidad del solicitante y, en su caso, la representación de quien firme la solicitud (copia de la Escritura de constitución o modificación, copia del Acta fundacional y Estatutos, copia del DNI/CIF, etc.).
  • Programa detallado de las actividades a realizar (deberá contener lo que se especifica en el anexo V de las bases reguladoras).
  • Presupuesto total debidamente desglosado en el que figure el coste de las actividades propuestas y las fuentes de financiación.
  • Documento acreditativo del número de socios con los que cuenta la Asociación en el momento de solicitar subvención, en su caso.
  • Documentos acreditativos de la capacidad económica autónoma y de las ayudas que reciban de otras instituciones públicas o privadas.
  • Aceptación, por escrito, de presentar memoria justificativa de la actividad, una vez realizada la misma.

En el supuesto de que los documentos exigidos ya estuvieran en poder del Ayuntamiento, el solicitante, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan, podrá hacer uso de su derecho a no presentarlo, haciendo constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o emitidos.

 

Cuantía

Los créditos presupuestarios a los que se imputan las subvenciones son los correspondientes a la Partida Presupuestaria 2024-338-48000 denominada “Subvención Fiestas de Barrio a familias e instituciones sin fines de lucro” con una cuantía total máxima de 7.000 euros para esta convocatoria.

 

Puedes consultar y descargar la información necesaria pinchando aquí.

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